Reforma Antilavado (LFPIORPI): Guía Especializada para el Sector Inmobiliario.

En el sector inmobiliario conviven tres supuestos clave de la Ley Antilavado:

  • Fracción V (Desarrollo y Construcción): Prestación de servicios de construcción, desarrollo inmobiliario o intermediación para compra/venta.
  • Fracción XV (Arrendamiento): Constitución o transmisión de derechos de uso o goce temporal de inmuebles.
  • Fracción XII (Fe Pública): Transmisión de propiedad o constitución de derechos reales instrumentados ante notario.

1. Novedades de la Reforma aplicadas al Sector Inmobiliario

  • Enfoque Basado en Riesgo (EBR) Inmobiliario: Debes catalogar el nivel de riesgo de cada comprador o inquilino en función de la ubicación del inmueble, el origen de los recursos, la nacionalidad y si la contraparte es una Persona Políticamente Expuesta (PEP) o una empresa fachada.
  • Resguardo por 10 Años: El expediente de identificación del cliente (comprador, vendedor, arrendador, arrendatario) y sus comprobantes de pago deben custodiarse durante 10 años (anteriormente 5 años).
  • Alerta en 24 Horas: Si durante el proceso de apartado o negociación detectas operaciones sospechosas (ej. intento de pagar en efectivo por encima del límite, inconsistencias en el beneficiario controlador o desistimientos repentinos sin justificación), debes enviar una Alerta de 24 horas a la UIF, sin esperar a la fecha de reporte mensual.
  • Identificación del Beneficiario Controlador (BC): Cuando la compra o arrendamiento se realiza a través de Personas Morales o Fideicomisos, es obligatorio documentar la estructura accionaria y la identidad del individuo (persona física) que finalmente posee o controla la sociedad o el inmueble.

2. Umbrales Aplicables al Sector Inmobiliario (Valores 2026)

  • Actividad Inmobiliaria Umbral de Identificación Umbral de Aviso al SAT Prohibición de Uso de Efectivo
  • Compraventa / Desarrollo Inmobiliario (Frac. V) Desde $0 MXN (Siempre) 8,025 UMA (~$941,412.75 MXN) 8,025 UMA (~$941,412.75 MXN)
  • Arrendamiento de Inmuebles (Frac. XV) 1,605 UMA (~$188,282.55 MXN renta mensual) 3,210 UMA (~$376,565.10 MXN renta mensual) 3,210 UMA (~$376,565.10 MXN)

Nota sobre acumulación: Si un cliente realiza varios pagos parciales o rentas acumuladas dentro de un periodo de 6 meses que sumen los umbrales indicados, surge la obligación de presentar el aviso correspondiente.

Otros Blogs de Interés